MODIFICACIONES QUE HAN INTRODUCIDO LAS DIRECTIVAS EUROPEAS DERIVADAS DEL PROGRAMA DE ESTOCOLMO, EN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS DETENIDAS
Estos son los principales cambios que afectan a los derechos de los detenidos por la policia:
El Abogado se entrevistará de forma reservada con su cliente, con anterioridad a su interrogatorio por la policía
El Abogado verificará que la persona detenida por la policia, ha podido comunicar personalmente a familiares, empleadores y terceros, su situación de privación de libertad
El abogado podrá intervenir de manera activa durante el interrogatorio policial al detenido, formulando preguntas, efectuando observaciones y asesorando sobre la conducta a observar por el detenido, incluyendo el guardar silencio
El/la Abogado/a accederá a los materiales del expediente desde el momento en que la persona sospechosa o acusada sea detenida o privada de libertad salvo que dicha documentación le haya sido entregada directamente al detenido/a
Importante: ¿Se puede exigir estos derechos, para los detenidos en España?
La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados ha aprobado el Decálogo de Buenas Prácticas ante la asistencia a detenidos de conformidad a las Directivas derivadas del Programa de Estocolmo.
La finalidad es que sirvan como criterios orientadores a los letrados en el ejercicio de la defensa de los derechos de los detenidos; también recoge las actuaciones del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid para la ratificación de su vigencia y efectiva aplicación
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